Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 30612
Clave: V-P-1aS-234
Época: Quinta Época
Materia(s): TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2004 00:00
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL ESTÁN O NO OBLIGADAS A REALIZAR LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE.- Conforme a lo previsto en la Regla Séptima inciso a), subinciso b.4) del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas para la aplicación de las reservas de compras del sector público establecidas en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte y para la determinación del contenido nacional en los procedimientos de contratación de obras públicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de 2000, la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, no están obligadas a realizar licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, cuando el valor estimado de la contratación sea por un monto igual o mayor al de los umbrales, mismos que son determinados a través de Acuerdo; contemplando como condición que hasta el 1° de enero de 2002 se trate de la adquisición de medicamentos que no hayan estado patentados en México al 1° de enero de 1994, o cuya patente en México haya expirado a partir de esa fecha. De la interpretación, a contrario sensu de la regla citada, se entiende que las dependencias y entidades mencionadas, sí están obligadas a realizar licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, cuando se trate de la adquisición de medicamentos que estén patentados en México y cuya patente se encuentre vigente. (24)
Juicio No. 22830/02-17-07-8/1162/03-S1-03-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 47. Noviembre 2004. p. 240