Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 30731
Clave: V-TA-2aS-66
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2004 00:00
OFICIO MEDIANTE EL CUAL LA AUTORIDAD FISCAL REQUIERE AL CONTADOR PÚBLICO, LA INFORMACIÓN, EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS Y PAPELES DE TRABAJO RELACIONADOS CON EL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS
PÚBLICO, LA INFORMACIÓN, EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS Y PAPELES DE TRABAJO RELACIONADOS CON EL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS.- DEBE SER NOTIFICADO AL CONTRIBUYENTE.- El artículo 55 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación establece la posibilidad de requerir información, exhibición de documentos y papeles de trabajo, indistintamente, al contador público o al contribuyente; sin embargo, el último párrafo de la fracción I del propio artículo, dispone, con base en la posibilidad prevista, que cuando la autoridad opte por requerir al contador público, está obligada a marcar copia del mismo al contribuyente. Lo anterior es así, toda vez que el propósito de la norma es salvaguardar la garantía de audiencia prevista en el artículo 16 Constitucional al permitir que el contribuyente -cuyos dictámenes fiscales se pretenden revisar- conozca el objeto y el desarrollo del procedimiento que sobre su situación tributaria se sigue, pues es a él a quien interesa directamente el propósito de la misma. (10) Juicio No. 7160/03-17-03-9/141/04-S2-09-02.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 48. Diciembre 2004. p. 308