Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 30907
Clave: V-TASR-XXI-1458
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2005 00:00
POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL.- Es improcedente el juicio contencioso administrativo intentado en contra de resoluciones emitidas por una autoridad judicial, verbigracia, el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, autoridad que si bien es cierto, realiza funciones de administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Distrito Federal, las cuales son administrativas, también lo es que no por el solo hecho de desempeñar funciones administrativas, deja de ser una autoridad judicial; tal como lo establece la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en su artículo 1° que señala: "Artículo 1o.- La Administración e impartición de justicia en el Distrito Federal corresponde al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y demás órganos judiciales que esta Ley señale, con base en lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y demás ordenamientos legales aplicables." Por su parte, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal establece, en su artículo 76, "Artículo 76.- La función judicial del fuero común en el Distrito Federal se ejercerá por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, jueces y demás órganos que su ley orgánica señale. Dicha ley regulará también su organización y funcionamiento". De las disposiciones citadas, se desprende claramente que el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal es un órgano que integra el Poder Judicial del Distrito Federal, esto es, una autoridad judicial y no administrativa. Debido a lo anterior, este Tribunal no es competente para conocer de actos emanados de tal órgano, en términos de lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 50. Febrero 2005. p. 168