Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 30954
Clave: V-J-SS-72
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2002 00:00
CONTRADICCIÓN DE SENTENCIAS
DISCREPANCIA EN EL CRITERIO APLICADO EN UNA SENTENCIA EMITIDA POR UNA SECCIÓN DE LA SALA SUPERIOR Y OTRA DICTADA POR UNA SALA REGIONAL.- En los términos del artículo 261 del Código Fiscal de la Federación, cuando exista contradicción de sentencias, cualquiera de los magistrados del Tribunal o las partes en los juicios en que tales tesis se sustentaron, podrán denunciarla ante el Presidente del Tribunal para que éste la haga del conocimiento del Pleno, quien resolverá el criterio que debe prevalecer con el carácter de jurisprudencia. Por lo anterior, si existe contradicción entre una sentencia dictada por una Sección de la Sala Superior y otras emitidas por una misma Sala Regional, es dable legalmente concluir que se surte el supuesto descrito en el numeral de cuenta, ya que éste sólo exige que exista oposición entre los criterios aplicados en los fallos correspondientes para la procedencia de la contradicción de sentencias. (2) (Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/51/2004) PRECEDENTES: V-P-SS-181 Juicio No. 1815/00-10-01-1/Y OTROS/593/01-PL-01-01.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año II. No. 22. Octubre 2002. p. 116