Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31029
Clave: V-TASS-197
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2005 00:00
FONDO DE LA RESOLUCIÓN EMITIDA EN CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUTORIA DE AMPARO, SI EN ESE JUICIO SE ANALIZARON VIOLACIONES PROCESALES.- Si en la sentencia de amparo se concedió el amparo y protección de la Justicia de la Unión, por existir violaciones procesales que trascendieron al sentido del fallo, consistentes en que a la quejosa no le analizaron los agravios planteados en el recurso administrativo, y la concesión del amparo tuvo como efecto que la responsable dejara insubsistente el acto reclamado y emitiera otro, en el que abordara el estudio de fondo; por tanto, al promoverse demanda de nulidad contra la segunda resolución dictada en cumplimiento de la anterior ejecutoria, haciendo valer violaciones de fondo, éstas deben ser tomadas en cuenta por este Tribunal, porque al declararse procedente la violación alegada, quedó insubsistente el acto administrativo y el nuevo acto es autónomo e independiente y, por esa razón, si este Tribunal tiene competencia material para conocer del asunto, de analizar los conceptos de impugnación expuestos en la demanda de nulidad, al ser oportunos, su estudio resulta ineludible. (7)
Juicio No. 4471/02-17-10-1/531/03-PL-09-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 53. Mayo 2005. p. 150