Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 69595 de 329652
Tesis
Registro digital: 31106
Clave: V-TASR-IV-1565
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2005 00:00
PROPIEDAD INDUSTRIAL
CONTRA DE LA ORDEN DE PUBLICACIÓN EN LA GACETA DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, RESPECTO DE LA RESOLUCIÓN EN LA QUE SE DECLARA LA CADUCIDAD DE UN REGISTRO MARCARIO.- De conformidad con el artículo 208 Bis, fracción V del Código Fiscal de la Federación, interpretado a contrario sensu, se otorgará la suspensión del acto impugnado, cuando la ejecución o inejecución no ocasione perjuicios al interés general o cuando no ocasione daños o perjuicios a terceros, por lo tanto, si en el procedimiento de declaración administrativa de caducidad del registro de marca, se declara la caducidad del registro marcario y se ordena la publicación en la Gaceta de la Propiedad Industrial, es procedente conceder la suspensión definitiva en cuanto a la publicación en la Gaceta, toda vez que con tal medida no se causa perjuicio al interés general, ni se ocasionan daños o perjuicios a terceros, en atención a que el titular de la marca es el actor y la publicación en la Gaceta sí le causaría perjuicio de difícil reparación. (3) Juicio No. 15742/01-17-04-4.- Resuelto por la Cuarta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 8 de febrero de 2002 por mayoría de votos.- Magistrada Instructora: Martha Gladys Calderón Martínez.- Secretario: Lic. Eduardo Montesano Villamil.
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 54. Junio 2005. p. 469