Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31170
Clave: V-P-SS-662
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY GENERAL DE POBLACIÓN
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/07/2005 00:00
GOBERNACIÓN.- ES COMPETENTE PARA RESOLVER EL RECURSO DE REVISIÓN A QUE SE REFIERE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.- El artículo 31 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 31 de agosto de 1998, establece que la Secretaría tendrá, entre otros órganos administrativos desconcentrados, el Instituto Nacional de Migración. Por su parte, el Acuerdo por el que se delegan facultades para autorizar trámites migratorios y ejercer diversas atribuciones previstas en la Ley General de Población y su Reglamento en favor del Subsecretario de Población y Servicios Migratorios y del Comisionado del Instituto Nacional de Migración, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1998, establece en su artículo 4º, punto 42, que se delegan en el Subsecretario de Población y de Servicios Migratorios, y el Comisionado del Instituto Nacional de Migración, las facultades de decisión y ejecución respecto de los trámites ahí señalados, entre otros, la resolución del recurso de revisión. Por lo que de dichos preceptos se desprende la facultad del Comisionado del Instituto Nacional de Migración para resolver el recurso de que se trata. (3)
Juicio No. 8946/02-17-06-2/53/02-PL-07-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 6 de octubre de 2004, por mayoría de 9 votos a favor, 1 voto con los puntos resolutivos y 1 voto en contra.- Magistrada Ponente: Silvia Eugenia Díaz Vega.- Secretaria: Lic. María Elda Hernández Bautista.
(Tesis aprobada en sesión de 6 de octubre de 2004)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 55. Julio 2005. p. 45