Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 31353
Clave: V-TASR-XV-1747
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2005 00:00
CÉDULA DE LIQUIDACIÓN POR CONCEPTO DE MULTA
DEL ARTÍCULO 68 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE LE DIO ORIGEN A LA MISMA, QUEDA DESVIRTUADA CON EL PAGO EFECTUADO POR EL PATRÓN DEL CRÉDITO POR CONCEPTO DE CUOTAS A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN.- Si la actora niega en términos del artículo 68 del Código Fiscal de la Federación, que se le haya notificado la resolución que le dio origen a la multa por omisión en el pago de cuotas obrero patronales y la autoridad demandada al dar contestación a la demanda, exhibe el mandamiento de ejecución para hacer efectivo el crédito relativo a la cédula de liquidación de cuotas obrero patronales, y de ese documento se advierte que al momento de notificarse éste, el patrón efectúa el pago, entonces es inconcuso que el patrón ya tenía conocimiento de la resolución que dio origen a la multa, y por ende la negativa manifestada queda desvirtuada con la exhibición del mandamiento de ejecución de referencia, en el que consta que el patrón realizó el pago del adeudo correspondiente, lo que implica que ya tenía conocimiento de la resolución que dio origen a la multa impuesta y por lo tanto procede reconocer su validez. (70) Juicio No. 1124/04-15-01-4.- Resuelto por la Sala Regional del Sureste del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 56. Agosto 2005. p. 371