Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31372
Clave: V-P-SS-692
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2005 00:00
RADIO Y TELEVISIÓN PARA SUPLIR AUSENCIAS ASÍ COMO PARA EMITIR OFICIOS DE COMISIÓN.- POR CARECER DE EXISTENCIA LEGAL.- De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo todo acto administrativo debe ser expedido por órgano competente, a través de servidor público; disposición que no se cumple cuando se emite por el encargado de la Dirección General de Sistemas de Radio y Televisión un oficio de comisión para llevar a cabo una visita de inspección técnica, pues el mencionado emisor no tiene existencia legal y por lo tanto resulta incompetente. Amén de que quien cuenta con la competencia legal es el Titular de la citada Dirección, quien en sus ausencias podrá ser suplido por el servidor público del nivel jerárquico inmediato inferior que de él dependa, en los asuntos de su respectiva competencia, tal y como lo ordena el artículo 39 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, pero no por quien se denomina encargado de la Dirección. (7)
Juicio No. 19684/02-17-09-6/1104/03-PL-09-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 57. Septiembre 2005. p. 57