Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31393
Clave: V-TASR-XXXI-1769
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2005 00:00
SOBRESEIMIENTO AUN CUANDO LA AUTORIDAD MANIFIESTE QUE DEJÓ SIN EFECTOS LOS ACTOS IMPUGNADOS EN RESOLUCIÓN EXPRESA SI NO EXHIBE LA MISMA EN SU CONTESTACIÓN.- No resulta fundado el argumento vertido por la demandada respecto a que es suficiente su manifestación para considerar que a través de un acuerdo resolvió el recurso de inconformidad de manera favorable a los intereses de la recurrente y estimar tal manifestación como una confesión expresa en términos de la fracción I del artículo 234 del Código Fiscal de la Federación, si no exhibe la resolución al contestar la demanda, puesto que, si bien es cierto la confesión expresa surte efectos en contra de quien la formula, en el caso que nos ocupa a tal confesión no se le debe dar el alcance que pretende la demandada, al no estar la actora en posibilidad de controvertir los términos en que fueron anulados los créditos combatidos en su recurso de inconformidad, por desconocer el acuerdo que menciona la autoridad, máxime que en su ampliación de demanda negó de manera lisa y llana que se le haya notificado la resolución a que hizo referencia la demandada; por lo que, de considerar esta Sala procedente el sobreseimiento del caso a estudio atendiendo a las aseveraciones que señalan las autoridades demandadas se dejaría en estado de indefensión al actor para ampliar su demanda y estar en posibilidad de formular agravios contra una resolución inexistente. (12)
Juicio No. 1911/04-03-01-3.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste III del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 57. Septiembre 2005. p. 151