Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31467
Clave: V-TASR-XIII-1843
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERALDE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2005 00:00
ACTORA SEÑALE COMO NEGATIVA FICTA UNA RESOLUCIÓN EXPRESA TRATÁNDOSE DE LA RESPUESTA A UNA CONSULTA AL IMSS.- Si la parte actora pretende impugnar una negativa ficta porque la autoridad a su criterio no fundó ni motivó su consulta, a pesar de que confunda la figura de la negativa ficta con la negativa de una autoridad plasmada en una resolución expresa, ese no es motivo para sobreseer el juicio de nulidad, como lo solicita la autoridad demandada, ya que si bien no se configura la negativa ficta que pretende impugnar la parte actora, sí se acredita la existencia de la resolución expresa recaída a la consulta planteada, por lo que en términos de la fracción IV del artículo 11 de la Ley Orgánica de este Tribunal la Sala puede y tiene facultad para conocer de los juicios en que se impugnen actos que causen agravio a los particulares en materia fiscal distintos a la determinación de obligaciones fiscales, nieguen la devolución de un impuesto e impongan multas; de tal manera la respuesta a la consulta que se impugna en el presente juicio, le causa un perjuicio al particular, ya que tal consulta versa sobre el pago de aportaciones de seguridad social por los asesores educativos con los que tiene contrato de prestación de servicios y dicha respuesta incide en su ámbito fiscal, por lo que la Sala no sólo tiene la facultad de conocer del juicio sino la obligación legal de pronunciarse respecto del fondo del asunto. (86)
Juicio No. 7432/04-12-01-1.- Resuelto por la Primera Sala Regional de Oriente del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 57. Septiembre 2005. p. 218