Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31493
Clave: V-TASR-XVII-1869
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2005 00:00
CON QUE EN UNA DE LAS HOJAS QUE LA INTEGRAN CONSTE EL NOMBRE Y LA FIRMA DEL FUNCIONARIO QUE LA EMITE PARA CONSIDERAR QUE CUMPLE CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 38, FRACCIÓN IV DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.- Cuando un Subdelegado del Instituto Mexicano del Seguro Social emite una cédula de liquidación de cuotas obrero patronales omitidas señalando su nombre y estampando su firma sólo en una de las hojas que integran la referida liquidación, no puede estimarse que tal evento afecta la legalidad del mencionado acto, ya que un documento que consta de varias hojas debe ser analizado en forma integral, es decir, que se tiene que atender a todos los datos que se consignan en las diversas hojas a fin de tener la certeza de que efectivamente se trata de un solo documento, siendo de destacar que en este tipo de resoluciones la autoridad normalmente indica el nombre de los trabajadores por los cuales, a su consideración, el patrón omitió el pago respectivo resultando lógico que si son varios los trabajadores existe la necesidad de utilizar varias hojas a fin de indicar el nombre de todas las personas relacionadas; por lo que si de todas las hojas que integran la resolución correspondiente se advierte que se señala el mismo número de crédito y también están identificadas con numeración progresiva debe entenderse que es un solo documento, por ello, es suficiente con que en la parte final del documento se señale el nombre del servidor público que la emite y conste su firma para considerar que todo lo que se consigna en el propio documento es avalado por la persona que lo suscribe. (112)
Juicio No. 2637/03-14-01-4.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 57. Septiembre 2005. p. 242