Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31515
Clave: V-P-SS-700
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2003 00:00
Si el artículo 218, fracción III de la Ley Federal del Derecho de Autor considera infracción sancionable la falta de asistencia de alguna de las partes a la junta de avenencia legalmente convocada, y la autoridad, al pretender adecuar la disposición general al caso concreto, considera identificando éste en una circunstancia de hecho distinta, consistente en no haber justificado la referida parte, su inasistencia a la junta de que se trata, incurre dicha autoridad administrativa en la causal de anulación prevista en el artículo 238, fracción IV del Código Fiscal de la Federación, dado que se contravino la disposición aplicada, toda vez que se reitera, el citado artículo 218, fracción III, no prevé como infracción el que no se haya justificado su inasistencia a la junta de avenencia, sino el hecho de no haber asistido a la misma. (6)
Juicio No. 15025/02-17-01-3/acl/1135/03-PL-09-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. Tomo I. No. 36. Diciembre 2003. p. 170