Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31593
Clave: V-TASR-XXIII-1897
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2005 00:00
EL RECURSO DE REVOCACIÓN O EN EL JUICIO DE NULIDAD.- De la interpretación armónica e integral de las normas contenidas en los artículos 37, 124, fracción IV, 146 y 202, fracción IV del Código Fiscal de la Federación, las cuales se refieren a reglas generales para la promoción de instancias o peticiones de los particulares a la autoridad fiscal, así como la posibilidad de hacer valer la prescripción por vía de acción o de excepción, y la oportunidad para impugnar los actos de autoridad a través del recurso de revocación y del juicio contencioso administrativo, se desprende que en caso de que el contribuyente haya solicitado la declaración de prescripción a través de una instancia o petición, es decir, por vía de acción, y ésta se resuelva de forma expresa en sentido negativo a sus pretensiones, sin que la resolución correspondiente se hubiera impugnado, y después, en ejercicio de sus facultades, la autoridad decide iniciar el procedimiento administrativo de ejecución para hacer efectivo el crédito fiscal relacionado con la declaratoria de prescripción negada, resulta claro que si el contribuyente interpone recurso de revocación en contra del cobro coactivo y desarrolla el agravio de prescripción (vía de excepción), tanto la autoridad administrativa, al resolver el citado medio de defensa, como, en su caso, la Sala del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 59. Noviembre 2005. p. 291