Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31609
Clave: V-P-SS-756
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2005 00:00
ORDENADO EN LAS BASES DE UN PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA.- El artículo 31 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dispone los requisitos mínimos que deben observar las bases de un procedimiento de licitación, del que destacamos la hipótesis de la fracción IV, relativa a señalar expresamente como causa de descalificación, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las propias bases.
Ahora bien, si la entidad licitante establece en las bases concursales, que los participantes en el proceso licitatorio deberán presentar su propuesta económica con una vigencia hasta la entrega y pago de los bienes, y también el lapso máximo en que los bienes licitados deberán ser entregados por la adjudicataria, la propuesta económica que restrinja su vigencia a un lapso menor evidentemente no satisface los requisitos para ser considerada; de tal suerte que si la autoridad demandada en el juicio contencioso administrativo consideró, al resolver la instancia de inconformidad, que la entidad convocante en forma adecuada descalificó la propuesta que no ofrecía una vigencia acorde a la indicada en las bases de licitación, su pronunciamiento se ajusta a lo ordenado por el citado artículo 31, ya que las bases de licitación constituyen un cuerpo normativo de naturaleza contractual, que debe ser rigurosamente atendido tanto por la convocante como por los oferentes y adjudicatarios. (4)
Juicio No. 2473/01-17-03-3/459/02-PL-10-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 60. Diciembre 2005. p. 106