Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31633
Clave: V-TASR-II-1912
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2005 00:00
DE CUOTAS OBRERO PATRONALES.- Cuando se emiten cédulas de liquidación de diferencias de cuotas obrero patronales y en las mismas se indica que fueron emitidas con base en los datos con que cuenta el Instituto Mexicano del Seguro Social, en su base de datos, aportados por el propio patrón, y éste en su demanda niega lisa y llanamente conocer tales documentos y a qué se refieren, el Instituto debe aportar al juicio dichos documentos que justifiquen la procedencia de las diferencias en cuestión, incluyendo las liquidaciones previamente pagadas por el patrón para poder demostrar cuánto pagó, cuánto debió pagar y cómo y con qué elementos se determinó la cantidad total y finalmente las diferencias resultantes, documentos que supuestamente fueron aportados por el patrón. (2)
Juicio No. 39383/04-17-02-3.- Resuelto por la Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 29 de agosto de 2005, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Lucila Padilla López.- Secretario: Lic. Leopoldo Ramírez Olivares.
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 60. Diciembre 2005. p. 329