Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31643
Clave: V-TASR-XXXV-1922
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2005 00:00
ES INSUFICIENTE PARA APOYAR LA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD.- Es ilegal la determinación de un crédito fiscal cuando la autoridad considera inexistentes las operaciones realizadas por el contribuyente demandante, apoyándose para ello en una visita domiciliaria de aportación de datos por terceros obtenida como resultado únicamente de lo manifestado por el compulsado, ya que la autoridad debe allegarse de mayores elementos para acreditar la inexistencia de esas operaciones, pues no es suficiente el solo dicho del compulsado, al tratarse de simples manifestaciones de un particular que tiene calidad de tercero relacionado con el contribuyente auditado, que carecen de valor probatorio, pues es necesario que la autoridad relacione esas manifestaciones con otros elementos, tales como el análisis de la contabilidad del tercero, sus declaraciones u otros elementos objetivos. (12)
Juicio No. 105/04-19-01-7.- Resuelto por la Sala Regional Chiapas-Tabasco del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 60. Diciembre 2005. p. 341