Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 31708
Clave: V-TASS-242
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2006 00:00
MARCAS
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL AL ESTUDIO DE LOS ARGUMENTOS DE FONDO.- Cuando dentro del procedimiento administrativo de declaración de caducidad seguido ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, el titular del registro marcario cuestionado hace valer en vía de reconvención la falta de acción de su colitigante para instaurar el procedimiento administrativo de caducidad en su contra, y plantea las razones substanciales por las que considera que no debe declararse derecho alguno en favor del instaurante del procedimiento, el Instituto se encuentra obligado a verificar si efectivamente se actualiza una ausencia de legitimación en la causa, es decir, de las condiciones necesarias para que el solicitante obtenga una decisión favorable. (6) Juicio No. 9687/02-17-03-1/1024/03-PL-10-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VI. No. 62. Febrero 2006. p. 286