Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31752
Clave: V-J-SS-103
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY GENERAL DE SALUD
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2003 00:00
FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.- De una correcta interpretación a lo dispuesto en los artículos 1° y 2° de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en relación con el 1° de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, debe concluirse que a todas las materias que no sean relativas a las de carácter fiscal, responsabilidades de los servidores públicos, justicia agraria y laboral, les es aplicable lo previsto en tales dispositivos, como lo es una multa por violaciones a la Ley General de Salud, emitida por una dependencia de la Secretaría de Salud, configurándose con ello el supuesto de aplicación que señala el artículo 2° del Ordenamiento referido. En tal virtud, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo debe ser aplicada supletoriamente a la Ley General de Salud, tratándose de infracciones y sanciones, específicamente en el caso de publicidad de productos.
(8)
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/60/2005)
PRECEDENTES:
V-P-SS-283
Juicio No. 4725/01-17-03-1/666/01-PL-02-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 30. Junio 2003. p. 89