Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 31762
Clave: V-P-SS-781
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2006 00:00
MARCAS NOMINATIVAS
GRAMATICALES.- La marca es un signo de identificación que utiliza su titular para amparar bienes o servicios; misma que puede estar constituida por una o varias palabras ya existentes en el idioma español o en un idioma distinto e, inclusive, ser una composición arbitraria de letras que carezcan de significado. En los dos primeros casos, al constituirse la palabra en marca, deja de ceñirse a las reglas gramaticales que la rigen cuando es utilizada en un contexto idiomático normal; es decir, si normalmente la palabra es, por ejemplo, un adjetivo; al utilizarse como marca, deja de serlo, para convertirse en el "nombre" que identifica los productos o servicios que se quieren amparar, sin encontrarse, en este contexto, limitadas por reglas de carácter gramatical. (1) Juicio No. 8510/01-17-10-1/125/02-PL-04-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VI. No. 63. Marzo 2006. p. 135