Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 31886
Clave: V-TASS-251
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2006 00:00
EFECTOS DE LA NULIDAD CUANDO SE PRUEBA EN JUICIO LA COMISIÓN DE UNA INFRACCIÓN NO DECLARADA POR LA AUTORIDAD DEMANDADA
INFRACCIÓN NO DECLARADA POR LA AUTORIDAD DEMANDADA.- Si el acto impugnado en el juicio contencioso administrativo, consiste en la negativa de declarar administrativamente una infracción a la Ley de la Propiedad Industrial y la pretensión del actor en el juicio, consistente en probar que se cometió la violación legal y que es procedente la imposición de las sanciones correspondientes, por lo que de probarse la citada pretensión, la sentencia del Tribunal deberá anular la resolución impugnada para el efecto de que la autoridad emita una nueva en la que tenga por acreditada la comisión de la infracción por el tercero interesado y se le impongan las sanciones respectivas. (1) Juicio No. 18331/01-17-08-1/1013/02-PL-09-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VI. No. 66. Junio 2006. p. 203