Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 01/08/2006
Tesis
Registro digital: 31984
Clave: V-TASR-XVII-2090
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2006 00:00
CONTABILIDAD SIMPLIFICADA
REGISTRAR Y DECLARAR LAS OPERACIONES BANCARIAS QUE REALICEN DURANTE EL EJERCICIO FISCAL.- No obstante que el demandante tiene la obligación de llevar contabilidad simplificada que establece el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, en virtud que mediante el procedimiento de fiscalización al que se le sujetó como persona física, manifestó que de conformidad a lo que señaló ante el Registro Federal de Contribuyentes, no tiene la obligación fiscal de llevar registros de contabilidad; la autoridad demandada legalmente le solicitó la exhibición de los libros de la contabilidad simplificada que se encuentra obligado a llevar, en términos de lo establecido en los artículos 88, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como los artículos 28, fracción I del Código Fiscal de la Federación y 26, fracciones I y II, en relación con el artículo 32 de su Reglamento, por lo que al efectuar el demandante diversos depósitos bancarios los cuales no declaró ni registró en su contabilidad la Administración Local de Auditoría Fiscal, legalmente determinó que el contribuyente visitado, infringió las obligaciones fiscales establecidas en los referidos ordenamientos. (43) Juicio No. 1283/04-14-01-1.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VI. No. 68. Agosto 2006. p. 319