Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 31992
Clave: V-TASR-XVI-2098
Época: Quinta Época
Materia(s): ESTATUTO ORGÁNICO DE LA COMISIÓNFEDERAL DE ELECTRICIDAD
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2006 00:00
RECUPERACIÓN DE PÉRDIDAS ES AUTORIDAD INEXISTENTE CONFORME AL ESTATUTO ORGÁNICO DE DICHA COMISIÓN.- El artículo 3º del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad, establece los órganos superiores, servidores públicos y unidades administrativas con que cuenta para el despacho de los asuntos de su competencia, entre los cuales, no se encuentra el Jefe de Oficina de Recuperación de Pérdidas; por tanto, si el citado servidor emite un ajuste de facturación a un usuario del servicio de energía eléctrica, se estima que dicho acto fue emitido por autoridad incompetente. (51)
Juicio No. 1412/05-16-01-8.- Resuelto por la Sala Regional Peninsular del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VI. No. 68. Agosto 2006. p. 329