Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 31994
Clave: V-TASR-XLI-2100
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2006 00:00
DEMANDA DE NULIDAD PRESENTADA EN COPIA CERTIFICADA AL CARECER DE FIRMA AUTÓGRAFA DEL PROMOVENTE, DEBE TENERSE POR NO PRESENTADA
FIRMA AUTÓGRAFA DEL PROMOVENTE, DEBE TENERSE POR NO PRESENTADA.- Si el escrito inicial de demanda se presenta en copia fotostática certificada ante Notario Público, es evidente que carece del signo gráfico de manifestación de voluntad exigido en el artículo 199 del Código Fiscal de la Federación, esto es, de estar firmado en forma autógrafa por el autor o por su representante legal, y por ello no puede considerarse verdaderamente expresada la voluntad del gobernado de acudir ante este Órgano Jurisdiccional en defensa de sus intereses, de manera que la copia certificada de la demanda, carece de eficacia, y por ende, procede tener por no presentada la demanda. (53) Juicio No. 826/06-21-01-1.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico-Centro del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VI. No. 68. Agosto 2006. p. 331