Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 32195
Clave: V-TASR-XXX-2262
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2006 00:00
ÚNICAMENTE RESPECTO DE RESOLUCIONES DICTADAS EN EL RECURSO DE REVOCACIÓN.- En términos genéricos, este precepto establece la obligación de las autoridades demandadas a cumplir las resoluciones dictadas en el recurso de revocación, estableciendo los supuestos, plazos y consecuencias respectivos; por lo tanto, si la parte actora no demuestra que la resolución que se impugna no se emitió en cumplimiento a una resolución de recurso, sino que ésta se dictó en cumplimiento a una sentencia dictada por este Tribunal, por consiguiente, en el presente caso no se surte el supuesto de procedencia referido en el artículo 133-A del Código Fiscal de la Federación. (34)
Juicio No. 2848/05-04-01-8.- Resuelto por la Sala Regional del Norte Centro I del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VI. No. 71. Noviembre 2006. p. 82