Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 32291
Clave: V-P-SS-828
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY PARA LA INSCRIPCIÓN DE VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2007 00:00
INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN DE VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA. PARA TAL EFECTO DEBE CUMPLIRSE CON EL DECRETO QUE CREA LA LEY PARA LA INSCRIPCIÓN DE VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA
PARA TAL EFECTO DEBE CUMPLIRSE CON EL DECRETO QUE CREA LA LEY PARA LA INSCRIPCIÓN DE VEHÍCULOS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA.- El artículo 16 constitucional contempla el principio de legalidad que consiste en la exigencia de que todo acto de autoridad se encuentre fundado y motivado, debiéndose entender por lo primero que se cite el o los preceptos legales aplicables y por motivación que se expresen las razones, causas o motivos que tomó en cuenta la autoridad para emitir el acto en determinado sentido; exigiéndose además de que los motivos o razones se adecuen a los supuestos de los preceptos legales citados; requisito que cumple la negativa de inscripción de un vehículo en el padrón de vehículos de procedencia extranjera, cuando la autoridad cita los preceptos legales que fundamentan su actuación y expresa como motivo que no era posible acceder a la inscripción del vehículo en virtud de que constaba en los registros de importación e internación temporal de vehículos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que el citado vehículo de procedencia extranjera había ingresado al territorio nacional después del 30 de octubre de 2000, siendo que el requisito exigido por el artículo Tercero del Decreto que crea la Ley para la Inscripción de Vehículos de Procedencia Extranjera, para la inscripción era que el vehículo ingresara antes de la referida fecha, elementos suficientes de fundamentación y motivación para que el actor produjera su defensa. (4) Juicio Contencioso Administrativo No. 2070/02-07-02-8/959/03-PL-04-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. Tomo I. No. 73. Enero 2007. p. 164