Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 32333
Clave: V-P-SS-870
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2007 00:00
CUANDO LA ACTORA SE DESISTA DEL JUICIO.- Si admitida la demanda de nulidad, la autoridad demandada interpone incidente de incompetencia por razón del territorio, y con posterioridad la parte actora presenta escrito de desistimiento, la Sala Superior al resolver el incidente de referencia no puede declararlo sin materia, sino debe emitir sentencia que resuelva la Sala Regional competente para conocer del desistimiento, en razón de que el juicio contencioso administrativo no ha concluido, al encontrarse pendiente de acordar por la Sala Regional competente el escrito de desistimiento de la actora. (46)
Incidente de Incompetencia No. 6901/05-06-02-4/265/06-PL-09-02.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. Tomo II. No. 73. Enero 2007. p. 630