Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 32378
Clave: V-P-2aS-521
Época: Quinta Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2007 00:00
SUPLENCIA DE LOS ADMINISTRADORES LOCALES DE AUDITORÍA FISCAL POR LOS SUBADMINISTRADORES
SUBADMINISTRADORES.- PARA QUE PROCEDA SÓLO SE REQUIERE CITAR EL FUNDAMENTO LEGAL QUE LA PREVÉ.- En los términos del artículo 10, sexto párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 22 de marzo de 2001, reformado por decreto publicado oficialmente el 17 de junio de 2003, los Administradores serán suplidos, indistintamente, por los Subadministradores que de ellos dependan, sin que la disposición legal conmine a la autoridad suplente a señalar sacramentalmente que el motivo de la suplencia es "por ausencia del titular", resultando suficiente para cumplir con el mandamiento de fundamentación y motivación, el señalar en la resolución o acto emitido por la autoridad suplente, el precepto legal que admite dicha suplencia, y la indicación de que su suscripción la realiza supliendo al Titular de la Administración Local de Auditoría Fiscal. (91) Juicio Contencioso Administrativo No. 2804/05-03-01-9/162/06-S2-09-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. Tomo II. No. 73. Enero 2007. p. 1046