Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 32445
Clave: V-TA-2aS-128
Época: Quinta Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2007 00:00
FISCALMENTE Y SECTOR FINANCIERO COMO UNIDAD ADMINISTRATIVA DEPENDIENTE DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES. PUEDE ACTUAR EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DE DICHA ADMINISTRACIÓN. CONFORME AL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, VIGENTE HASTA EL 6 DE JUNIO DE 2005.- Lo anterior es así con fundamento en los artículos 2º, primero y antepenúltimo párrafos, 11, último párrafo y 10, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 22 de marzo de 2001, abrogado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 6 de junio de 2005, porque establecen que el Administrador General de Grandes Contribuyentes se integrará por la diversas Administraciones Centrales, entre ellas, la Administración Central de Fiscalización a Empresas que Consolidan Fiscalmente y Sector Financiero, y que todas las Administraciones Centrales dependerán de las Administraciones Generales, por lo cual si el artículo 10, del Reglamento mencionado, permite la suplencia por ausencia de los Administradores Generales por los Administradores Centrales que de ellos dependan, resulta evidente que el acto administrativo se encuentra suficientemente fundado y motivado en cuanto a la competencia por suplencia, al citarse en el cuerpo del mismo los preceptos antes referidos y que se actuaba por suplencia. (23)
Juicio Contencioso Administrativo No. 2952/04-17-08-2/233/06-S2-07-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Fiscal de la Federación, en sesión de 26 de septiembre de 2006, por mayoría de 2 votos a favor, 1 voto con los puntos resolutivos y 1 voto en contra.- Magistrada Ponente: Silvia Eugenia Díaz Vega.- Secretaria: Lic. Adriana Domínguez Jiménez.
(Tesis aprobada en sesión de 26 de septiembre de 2006)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. Tomo IV. No. 73. Enero 2007. p. 1687