Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 62796 de 329652
Tesis
Registro digital: 32468
Clave: V-TASR-I-2346
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2007 00:00
REGISTRO MARCARIO. NO SE DEBE OTORGAR, AUN CUANDO SEA ACREDITADO QUE EXISTE CONSENTIMIENTO POR PARTE DEL TITULAR DE UN REGISTRO DIVERSO AUTORIZADO POR EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
QUE EXISTE CONSENTIMIENTO POR PARTE DEL TITULAR DE UN REGISTRO DIVERSO AUTORIZADO POR EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.- Aun cuando en términos del artículo 55 del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial, se demuestre el consentimiento por parte del titular de un registro marcario, dicho consentimiento es insuficiente para otorgarse el mismo a otra persona diversa, ello en virtud de que si el solicitante del registro pretende aumentar los productos o servicios amparados por el título marcario previamente concedido, además de que ambos registros subsistan al mismo tiempo, tales pretensiones contravienen lo dispuesto por el artículo 94 de la Ley de la Propiedad Industrial, pues tal dispositivo es coherente con el propio impedimento para registrar una marca legalmente previsto por la fracción XVI del artículo 90 de la Ley de la Propiedad Industrial, debiendo determinarse que no obstante se tenga el consentimiento del titular de un registro marcario debida y legalmente concedido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, resulta lógico que impere la negativa de otorgarse un registro marcario respecto a una denominación que sea idéntica en grado de confusión a otra denominación cuyo otorgamiento sea previamente al solicitado, pues el último numeral de referencia contempla tal supuesto a efecto de evitar que subsistan registros de marcas que sean idénticos o semejantes en grado de confusión. (6) Juicio Contencioso Administrativo No. 34794/04-17-01-7.- Resuelto por la Primera Sala Regional Metropolitana del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. Tomo IV. No. 73. Enero 2007. p. 1927