Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 32589
Clave: V-P-1aS-362
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2007 00:00
DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- SU IMPROCEDENCIA.- El artículo 62 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo prevé como única excepción que las sentencias interlocutorias que concedan o nieguen la suspensión definitiva podrán ser impugnadas mediante el recurso de reclamación ante la Sección de la Sala Superior en turno, del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 74. Febrero 2007. p. 299