Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 32631
Clave: V-TA-2aS-146
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2007 00:00
CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN E IMPEDIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA. APLICACIÓN DE SU ARTÍCULO 10.2, INCISO A)
GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN E IMPEDIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA. APLICACIÓN DE SU ARTÍCULO 10.2, INCISO A).- En el texto del artículo 10.2, inciso a) del Convenio se pacta por los Estados Contratantes que los dividendos distribuidos por una empresa filial a su matriz, en el Estado de la Fuente puede ser gravado como excepción bajo ciertas limitantes como lo es la consistente en la aplicación del 5% del importe bruto de los dividendos como tipo máximo a gravar. Así, dicha limitante para el Estado de la Fuente y beneficio para el perceptor del dividendo se aplicará si se cumple con dos premisas básicas: 1) Que el beneficiario efectivo de los dividendos sea un residente del otro Estado Contratante; y 2) Que el beneficiario efectivo sea una sociedad propietaria de al menos del 10% de las acciones con derecho a voto de la sociedad que paga los dividendos. En ese orden de ideas, si respecto de un residente del otro Estado Contratante se acredita que a favor del mismo se distribuyó y pagó dividendos como beneficiario efectivo de los mismos, por la sociedad residente del Estado de la Fuente, que es residente de ese otro Estado Contratante, y que es una sociedad propietaria de más del 10% de las acciones con derecho a voto de la sociedad que paga los dividendos, resulta evidente que a dicho contribuyente residente extranjero perceptor de los dividendos le es aplicable el beneficio previsto en el artículo 10.2, inciso a) del Convenio. (1) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 23512/03-17-11-3/315/06-S2-07-02.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 74. Febrero 2007. p. 513