Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 32649
Clave: V-TA-2aS-155
Época: Quinta Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2007 00:00
DICTAMEN TÉCNICO QUE CONTIENE LA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
CONSIDERA DEBIDAMENTE NOTIFICADO SI DEL ACTA CIRCUNSTANCIADA DE HECHOS EN EL QUE PARTICIPÓ EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ACTORA, SE DESPRENDE SU CONTENIDO.- Si la actora en un juicio señala que desconoce el contenido de un dictamen que contiene el informe arancelario y la autoridad exhibe el acta de hechos levantada en términos de lo dispuesto por los artículo 152 y 153 de la Ley Aduanera, en el que se transcribe el dictamen técnico que contiene la clasificación arancelaria de la mercancía sujeta a revisión, y además se otorga un plazo para que se ofrezcan pruebas y alegatos, es evidente que no se puede alegar desconocimiento del dictamen referido, ya que tal circunstancia se hizo del conocimiento desde el levantamiento del acta respectiva. (10) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 13478/05-17-03-5/624/06-S2-07-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 74. Febrero 2007. p. 584