Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 32677
Clave: V-TASR-XII-II-2454
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2007 00:00
JUICIO DE NULIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 203 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.- El artículo 203 fracción III, del Código Fiscal de la Federación establece que procede el sobreseimiento en el caso de que el demandante muera durante el juicio, si su pretensión es intransmisible o si su muerte deja sin materia el proceso, por lo tanto, si en el juicio de nulidad de conformidad con el artículo 224 fracción I del Código Tributario Federal se decretó la suspensión del juicio de nulidad por causa de muerte de la accionante y se le concedió a la actora un plazo de un año para el efecto de que la persona interesada acreditara legal y fehacientemente la representación de la sucesión de la actora y compareciera en el juicio de nulidad, resulta evidente, que si nadie compareció durante el plazo concedido, una vez vencido dicho plazo, se presume que la pretensión de la actora no pudo ser transmitida y que resultaba ser personalísima cuya extinción por la muerte del agraviado produce sin duda la extinción del juicio de nulidad y en esa virtud procede el sobreseimiento del juicio de nulidad en términos de la fracción III del artículo 203 del Código Fiscal de la Federación. (111)
Juicio Contencioso Administrativo No. 8650/04-11-02-1.- Resuelto por la Segunda Sala Regional Hidalgo-México del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. Tomo IV. No. 73. Enero 2007. p. 2042