Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 32713
Clave: V-TASR-XXXII-2542
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2007 00:00
LA CONTESTACIÓN DE LA AUTORIDAD FEDERATIVA COORDINADA QUE EMITIÓ LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA Y LA FORMULADA POR EL TITULAR DE LA DEPENDENCIA U ORGANISMO DESCONCENTRADO O DESCENTRALIZADO.- Cuando en un juicio exista contradicción entre los hechos y fundamentos de derecho dados en la contestación de la autoridad federativa coordinada que dictó la resolución impugnada y la formulada por el Titular de la Dependencia u Organismo Desconcentrado o Descentralizado, debe atenderse a lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el cual al respecto es muy claro al disponer, que únicamente se deberá tomar en cuenta, respecto a tales contradicciones, lo expuesto en la contestación del Titular de la Dependencia u Organismo Desconcentrado o Descentralizado. (31)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4440/06-05-02-6.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Norte Centro II del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 74. Febrero 2007. p. 618