Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 32718
Clave: V-TASR-XXIX-2547
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2007 00:00
CONVOCATORIA PARA REMATE
JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- La resolución de convocatoria para remate sobre bienes embargados al contribuyente, afecta el interés jurídico de éste, al existir posible afectación a los bienes materia de embargo, ya que si bien es cierto en las convocatorias para remate, no se establece una obligación fiscal, no se determina en cantidad líquida ni se dan las bases para una liquidación, también lo es que la autoridad tiene a su cargo cumplir con las obligaciones que le imponen los artículos 176 y 177 del Código Fiscal de la Federación, y la existencia de dichas obligaciones no impide al contribuyente interponer el juicio contencioso administrativo en contra de la convocatoria de primera almoneda, cuando se alegue que el acto dictado dentro del procedimiento administrativo de ejecución no se ajustó a la ley. (36) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 703/05-08-01-2.- Resuelto por la Sala Regional del Centro I del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 74. Febrero 2007. p. 623