Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 32840
Clave: V-TASR-XXIII-2621
Época: Quinta Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2007 00:00
AUTORIDAD INCOMPETENTE POR INEXISTENTE PARA SUPLIR LAS AUSENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE RECAUDACIÓN QUE CORRESPONDA.- Aun y cuando se ha definido que los funcionarios inferiores pueden suplir las ausencias de los funcionarios superiores, a fin de no detener la marcha en el ejercicio de la Administración Pública Federal, sin que esto sea violatorio de garantías individuales, siempre y cuando se exprese en el texto del acto de molestia los fundamentos legales que así lo justifiquen, en el caso de un análisis efectuado a los artículos 8º, cuarto párrafo, y 27, último párrafo, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, vigente en el año 2005, se desprende que no existe la figura del Subadministrador de Control de Créditos y Cobro Coactivo, sino se refiere la disposición reglamentaria a dos funcionarios diferentes, vinculados con la conjunción "y", lo que hace que cuando se supla al funcionario competente puede hacerlo uno u otro Subadministrador, pero no actuar como uno solo, porque esto es contrario a la garantía de seguridad jurídica en favor del gobernado al estar a merced de actos de un funcionario incompetente de pleno derecho, vulnerando así la garantía de legalidad consagrada en el artículo 16, constitucional. (43)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3078/05-09-01-2.- Resuelto por la Sala Regional del Centro II del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 75. Marzo 2007. p. 456