Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 32846
Clave: V-TASR-XII-II-2627
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2007 00:00
COMPETENCIA
NECESARIO QUE SE PRECISE EL CARGO QUE OSTENTA EL FUNCIONARIO QUE FIRMA EL ACTO DE MOLESTIA.- El funcionario que firma una resolución que trasciende la esfera jurídica del gobernado tiene el ineludible deber de fundar su competencia y, para satisfacer cabalmente este requisito, es necesario que señale con base en el artículo 16 Constitucional el cargo que ocupa dentro de la dependencia de la Administración Pública. Lo anterior, porque para poder determinar si es competente para emitir la resolución impugnada, se debe revisar a partir del cargo con que se ostentó y si son aplicables o no las normas que se invocan para fundar su actuación, pues de no ser así se deja al particular en estado de indefensión. (49) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 18/06-11-02-6.- Resuelto por la Segunda Sala Regional Hidalgo-México del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 75. Marzo 2007. p. 461