Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 61063 de 329652
Tesis
Registro digital: 32978
Clave: V-TASR-XL-2711
Época: Quinta Época
Materia(s): GENERAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2007 00:00
TITULAR DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES DE PEMEX PETROQUÍMICA ES LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA CONTESTAR LA DEMANDA POR PETROQUÍMICA CANGREJERA, S.A. DE C.V
AUTORIDAD COMPETENTE PARA CONTESTAR LA DEMANDA POR PETROQUÍMICA CANGREJERA, S.A. DE C.V.- Debe estimarse infundado el recurso de reclamación y confirmarse el auto recurrido, cuando en el mismo se tiene por contestada la demanda con el oficio que signó el Titular del Área de Responsabilidades de Pemex Petroquímica, no obstante que la autoridad emplazada lo fue Petroquímica Cangrejera, Sociedad Anónima de Capital Variable, ya que por virtud de un contrato de fusión entre ambas, subsistió la primera de las citadas absorbiendo el patrimonio, derechos y obligaciones de la segunda. En ese tenor, la autoridad competente para contestar la demanda de nulidad por PEMEX Petroquímica igualmente resulta competente para representar a la entidad fusionada Petroquímica Cangrejera, S.A. de C.V., ya que por la propia naturaleza de la fusión mercantil, dos personas morales se constituyen en una sola en todo su patrimonio y haberes sociales, entendiéndose derechos y obligaciones, debiendo persistir en adelante, por las dos, sólo la personalidad jurídica de la fusionante, y por ende sí es el Titular del Área de Responsabilidades de PEMEX Petroquímica, como representante de la fusionante, el funcionario competente para contestar la demanda a nombre de la fusionada. (50) Recurso de Reclamación Núm. 248/06-13-02-2.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Golfo del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 76. Abril 2007. p. 450