Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 32998
Clave: V-TASR-XVI-2731
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2007 00:00
ENCUENTRE DENTRO DEL PATRIMONIO DEL DEUDOR, POR HABER SIDO ENAJENADO CON FECHA ANTERIOR AL MISMO, DESPUÉS DE QUE SE DEJARON SIN EFECTOS EN DIVERSOS JUICIOS, OTROS EMBARGOS TRABADOS SOBRE EL MISMO BIEN.- Si el embargo de un bien mueble implementado para hacer efectivo un crédito fiscal a cargo de un deudor, así como otros actos dictados dentro del procedimiento administrativo de ejecución, han sido dejados sin efectos legales con motivo de diversas impugnaciones ante este Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, no existe impedimento legal alguno para que el propietario del citado bien pueda enajenarlo a una tercera persona cuando el mismo está libre de gravamen, por tanto cualquier actuación de la autoridad fiscal que recaiga sobre el aludido bien mueble, con fecha posterior a la enajenación del mismo, resulta ilegal porque dicho bien ya no se encontraba dentro del patrimonio del deudor del crédito. (70)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1142/06-16-01-3.- Resuelto por la Sala Regional Peninsular del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 76. Abril 2007. p. 467