Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 33068
Clave: V-TASR-VIII-2754
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2007 00:00
NOMBRE DE LA PERSONA CON QUIEN SE ENTENDIÓ LA DILIGENCIA, PARA PRESUMIR QUE FUE LA MISMA QUIEN MANIFESTÓ QUE ESTABA AUSENTE LA PERSONA BUSCADA.- En efecto, atendiendo los lineamientos que señala el artículo 137 del Código Fiscal de la Federación, para la práctica de las notificaciones personales, la circunstanciación de la razón por la cual la notificación se practicó con una persona distinta al destinatario, y haya precedido citatorio en los términos de ley, resulta suficiente para su validez, el que el notificador se constituyó en el domicilio del destinatario el día y hora señalada en el citatorio, que se requirió su presencia, y en caso de quien lo reciba le informe que no se encuentra presente, el notificador deberá practicar la diligencia con el informante, lo que significa que, aun y no habiéndose señalado el nombre de la persona a quien se requirió y dijo que no se encontraba la persona buscada, no provoca la ilegalidad de dicha notificación, pues debe presumirse que fue la persona con quien se estaba practicando la diligencia. Es decir, si bien, en una diligencia de notificación, no se precisa textualmente el nombre de la persona a quien se le requirió la presencia del destinatario, y quien manifestó que no se encontraba, se infiere que la persona con la que se entendió la diligencia, y de la cual se asentó su nombre, fue la que manifestó que no se encontraba la persona buscada. (18)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3880/05-05-01-7.- Resuelto por la Primera Sala Regional del Norte Centro II del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 77. Mayo 2007. p. 602