Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 33104
Clave: V-TASR-XVI-2793
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2007 00:00
LA FUSIONANTE PRETENDE COMPENSAR UNA CANTIDAD QUE DERIVA DE UN SALDO A FAVOR DE LA FUSIONADA.- Cuando de las pruebas aportadas en juicio por las partes, se desprende que el saldo a favor que la fusionante pretendió compensar, deriva de las pérdidas fiscales que tuvo la fusionada, ello resulta improcedente, pues tal y como se desprende del contenido del artículo 61, sexto párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en el año de 2003, no es factible trasladar esas pérdidas fiscales de la fusionada a la fusionante, ya que no son transmisibles aun para el caso de que la persona moral contribuyente que las sufra se fusionen, pues tal derecho de disminuirlas se pierde con el acto propio de la fusión. (54)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 705/05-16-01-5.- Resuelto por la Sala Regional Peninsular del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 77. Mayo 2007. p. 642