Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 33120
Clave: V-P-1aS-394
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2007 00:00
SALA QUE DESECHE LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL ACTO IMPUGNADO.- Cuando la parte actora interponga recurso de reclamación contra el acuerdo emitido por la Sala, mediante el cual se deseche la solicitud de suspensión de la ejecución del acto impugnado, no se satisfacen los requisitos de procedencia previstos en el artículo 62 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, que establece como único caso de excepción para la procedencia de dicho recurso de reclamación, que las sentencias interlocutorias que concedan o nieguen la suspensión definitiva, podrán ser impugnadas mediante la interposición del recurso de reclamación ante la Sección de la Sala Superior en turno del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 78. Junio 2007. p. 79