Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 33153
Clave: V-P-2aS-726
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2007 00:00
MEDIDAS CAUTELARES
DOCTRINALES DE LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO Y PELIGRO EN LA DEMORA.- SI LA ACTORA CONSIDERA QUE SU OTORGAMIENTO ES INSUFICIENTE, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS POR LA SALA, DEBERÁ ACREDITARLO.- Conforme a la doctrina, el primer principio aludido se basa en un conocimiento preliminar del asunto dirigido a lograr una decisión de mera probabilidad respecto de la existencia del derecho discutido en el proceso, esto es, que para conceder la suspensión solicitada sea posible anticipar que en la sentencia del juicio, se declarará la nulidad del acto impugnado. En relación al peligro en la demora, se sustenta en la posible frustración de los derechos del solicitante de la medida, que puede darse como consecuencia de la tardanza en el dictado de la resolución de fondo. Si conforme a tales principios una Sala otorga la medida cautelar solicitada y la propia beneficiaria de dicha suspensión la controvierte argumentando que ésta es insuficiente, deberá acreditarlo con la prueba respectiva. (44) Recurso de Reclamación Núm. 1317/06-19-01-1/60/07-S2-07-05.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 78. Junio 2007. p. 313