Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 33241
Clave: V-TASR-XLI-2868
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2007 00:00
DECLARACIÓN, AUN CUANDO SE INTENTE A TRAVÉS DE UN MEDIO DE DEFENSA IMPROCEDENTE.- Si en el mismo documento se intenta un recurso contra un acto que no es impugnable en sede administrativa, pero simultáneamente se desprende una solicitud de prescripción del crédito fiscal, en términos del artículo 146 del Código Fiscal de la Federación, la autoridad, atendiendo a la causa fundamental de pedir, expuesta en el escrito que se le presenta, debe aclarar al promovente la improcedencia de la vía en tanto recurso administrativo, pero proceder a pronunciarse respecto de la petición de prescripción, en vía de acción, y en caso de no ser competente para pronunciarse en este sentido, deberá turnar la petición a la autoridad que sí lo sea. (71)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 795/06-21-01-1.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico-Centro del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 78. Junio 2007. p. 537