Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 33326
Clave: V-P-1aS-426
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2007 00:00
DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE RECLAMACIÓN
CONDUCE A DECLARAR QUE QUEDA SIN MATERIA EL SEÑALADO MEDIO DE DEFENSA.- Si la parte recurrente se desiste expresamente en su perjuicio del recurso de reclamación interpuesto, desistimiento que además es ratificado ante el Secretario de Acuerdos de la Sala Regional correspondiente, procede declarar que dicho medio de defensa ha quedado sin materia. (6) Recurso de Reclamación Núm. 1716/06-14-01-7/175/07-S1-02-05.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 80. Agosto 2007. p. 40