Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 33348
Clave: V-TASR-XXXI-2917
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2007 00:00
La reforma hecha al artículo 32 fracción XXVI, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicada en el Diario Oficial de la Federación del primero de diciembre de 2004 limita la deducción de intereses a las personas que tengan partes relacionadas cuya residencia se encuentre exclusivamente en el extranjero, y no a residentes en México, toda vez que la mencionada reforma estaba orientada a evitar prácticas indebidas y abusos generados por países exportadores de capital que buscan ubicar sus inversiones en países que ubican retenciones bajas o nulas a los ingresos por concepto de intereses pagados, en aquéllos que utilizan además el endeudamiento como instrumento para disminuir indebidamente la base del impuesto sobre la renta o reubicar las utilidades y pérdidas fiscales de una empresa a otra, así como en países con carga fiscal menor a la de México. (8)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 416/06-03-01-6.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste III del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 80. Agosto 2007. p. 204