Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 33395
Clave: V-TASR-XLI-2964
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2007 00:00
RECURSO DE REVOCACIÓN, INAPLICABILIDAD DEL BENEFICIO OTORGADO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES, DE CONTAR CON UN PLAZO DUPLICADO PARA SU INTERPOSICIÓN
ARTÍCULO 23 DE LA LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES, DE CONTAR CON UN PLAZO DUPLICADO PARA SU INTERPOSICIÓN.- El numeral 23 de la Ley Federal de los Derechos de los Contribuyentes, señala que en la notificación del acto, se indique el recurso o medio de defensa procedente, el plazo para su interposición y el órgano ante el que debe formularse y, que de no contenerse esa información en la resolución administrativa, el contribuyente contará con el doble del plazo legal para interponer el medio de defensa que corresponda, siendo la norma poco clara en cuanto a si la información se debe contener en la notificación o en el acto que se notifica, sin embargo, lo que queda claro es la intención del legislador de proteger el derecho de defensa de los gobernados, obligando a la autoridad a informar al contribuyente de los medios de defensa que tiene a su alcance, el plazo que tiene para ello y ante quien debe formularse, por lo que si esa información se contiene en el acto de molestia o en la constancia de notificación que se entrega al particular, se cumple plenamente con el propósito de la norma y en esa medida no es aplicable la ampliación al doble del plazo para interponer el medio de defensa correspondiente. (55) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3906/06-21-01-1.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico-Centro del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 80. Agosto 2007. p. 254