Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 33440
Clave: V-TASR-XXXVII-2978
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2007 00:00
AVISO DE OPCIÓN O SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA PAGO DE ADEUDOS EN PARCIALIDADES
PARCIALIDADES.- SU PRESENTACIÓN ES UN REQUISITO DE PROCEDENCIA PARA APLICAR EL BENEFICIO DE PAGO EN PARCIALIDADES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- Si bien es cierto el impuesto sobre la renta es una contribución a gozar del beneficio de pago en parcialidades, también lo es que éste se encuentra revestido de formalidades para su procedencia, como resulta ser la presentación del aviso de opción o solicitud de autorización para pagar adeudos en parcialidades, el cual deberá presentarse por el particular dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a aquél en que se efectuó el pago de la primera parcialidad, misma que ciertamente se encuentra contemplada en la Regla de Carácter General No. 2.12.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2006.(12) Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1625/07-05-03-8.- Resuelto por la Tercera Sala Regional del Norte Centro II del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 81. Septiembre 2007. p. 172