Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 01/10/2007
Tesis
Registro digital: 33498
Clave: V-P-2aS-787
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2007 00:00
SUSPENSIÓN PROVISIONAL
REPONE EL PROCEDIMIENTO EN EL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN POR VIOLACIÓN A LAS FORMALIDADES ESENCIALES.- Cuando en el incidente el Magistrado Instructor hubiese decretado la suspensión provisional de la ejecución del acto impugnado en el juicio contencioso administrativo y al resolverse el recurso de reclamación el Órgano Jurisdiccional competente se percate de que existen violaciones sustanciales en el procedimiento que deben ser subsanadas, deberá ordenarse la reposición del procedimiento y entre tanto disponer la vigencia de la suspensión provisional que se hubiese otorgado, hasta en tanto, se resuelva sobre la suspensión definitiva, a fin de evitar dejar en estado de indefensión al solicitante de la misma. (23) Recurso de Reclamación Núm. 29292/06-17-10-9/727/07-S2-07-05.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 82. Octubre 2007. p. 259